Señor vigilado,recuerde mantener el correo de notificación electrónica actualizado
Vigencia de la autorización. La presente autorización tendrá efectos a partir de la suscripción de ésta y hasta tanto el USUARIO comunique a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
al correo electrónico correointernosns@supersalud.gov.co o a la carrera 68A N° 24B-10 Torre3-piso 4,9,10 en la ciudad de Bogotá, que las notificaciones sucesivas no se
realicen por medios electrónicos, sino de conformidad con los otros medios previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dicha comunicación deberá ser remitida por el
USUARIO a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, con una antelación no inferior a diez (10) días hábiles a la fecha a partir de la cual el USUARIO desee la cesación de la notificación de los actos administrativos por medios electrónicos
y deberá estar acompañada de los documentos que acrediten la representación legal del solicitante.
Señor vigilado,
La notificación electrónica es mucho más eficiente y genera muchos beneficios para usted.